Incendios en Corrientes: un peón rural es el primer condenado por los siniestros

El peón rural fue condenado en un juicio abreviado. Si bien el hombre reconoció haber iniciado el fuego, aseguró que lo hizo sin intención.

Un hombre fue condenado en un juicio abreviado a seis meses de prisión en suspenso por iniciar un incendio en la localidad correntina de Mercedes en febrero pasado durante la emergencia ígnea, que afectó a más de 930 mil hectáreas en gran parte del territorio provincial y la biodiversidad del Parque Nacional Iberá, y es el primero de los 51 casos que se investigan en fiscalías del distrito.

El fiscal de Investigación Rural y Ambiental de la Tercera Circunscripción Judicial, Gerardo Cabral, precisó que la condena al peón rural Miguel Ángel Sánchez se logró en un juicio abreviado, acordado entre la Fiscalía, el imputado y la defensa.

Sobre el caso, Cabral dijo que “el hombre fue contratado para limpiar un predio y no tuvo mejor idea que prender fuego, causando un peligro“.

Sánchez “reconoció el hecho, fue filmado y hay pericias e informes“, remarcó este jueves el fiscal en relación con el condenado, y agregó que “no hubo dolo (intencionalidad), pero sí negligencia e impericia“.  El peón fue juzgado como autor material de un incendio culposo y tras el acuerdo entre las partes, se obtuvo la homologación de la jueza de Garantías de Mercedes, Margarita Stella López Rivadeneira.

El accionar del empleado fue grabado por cámaras de seguridad de la zona y se viralizaron, cuando la provincia de Corrientes estaba inmersa en la emergencia ígnea, con miles de hectáreas consumidas por el fuego y animales muertos y quemados porque las llamas afectaron el Parque Nacional de los Esteros del Iberá.

El hecho tuvo lugar el pasado 15 de febrero, en un terreno ubicado entre las calles Madariaga y Chacabuco, de la ciudad de Mercedes y el incendio, iniciado por Sánchez, provocó daños en la vivienda vecina, informaron fuentes judiciales sobre el caso.

Cabral señaló que se estima que el 50% de los incendios que provocaron la emergencia ígnea en los meses de enero y febrero “tuvieron la intervención de personas, que prendieron fuego por distintas razones y provocaron quemas descontroladas”. “Hay prácticas ancestrales de quemas de campos, pero en estos tiempos de sequía, la quema de pastizales está prohibida y constituye un delito”, dijo el fiscal especializado en Delitos Rurales y Ambientales.

Y agregó que el mecanismo de cortafuegos “sólo puede hacerse con la autorización de la autoridad de aplicación, que es la Dirección de Recurso Naturales, de manera controlada, en días y horarios establecidos y con presencia de carros hidrantes”.

Fuente: Perfil

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