Erbetta: el juicio contra Cristina se usará para enseñar cómo no debe ser un proceso penal

El ministro de la Corte Suprema santafesina descalificó el proceso judicial contra la vicepresidenta. “No podemos callar, porque el silencio puede ser cómplice”, aseveró. 

“Estamos escuchando que el imputado debe probar su inocencia. Si alguien dijera esto en una Facultad de Derecho obviamente no pasa la materia”.

El ministro de la Corte Suprema de la provincia de Santa Fe Daniel Erbetta descalificó el juicio por la causa “Vialidad” que se le sigue a la vicepresidenta Cristina Kirchner y aseguró que en su cátedra de la Facultad de Derecho de la UNR lo usa para enseñar cómo no debe ser un juicio. En este proceso penal el fiscal Diego Luciani pidió condenar a la ex presidenta a 12 años de prisión e inhabilitarla de manera perpetua para ocupar cargos públicos.

Este proceso, si tiene algún valor es el valor pedagógico, porque es un proceso que nos permitiría a nosotros enseñarle a los alumnos cómo no debe ser un debido proceso penal, cómo no debe actuar un fiscal y cómo no debe actuar un juez“, sostuvo el también profesor titular de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, en declaraciones al programa “Acceso a los Derechos”, en canal de YouTube “Somos Rosario”.

Erbetta, de origen radical, consideró que “quienes integramos el Poder Judicial, y además tenemos vocación docente, no podemos callar, porque el silencio puede ser cómplice y aquí, independientemente de las constancias que puede haber en una investigación y en un proceso judicial, que yo no las conozco completamente y, por lo tanto, no podría opinar sobre ellas, sí me parece que hay presupuestos sobre los cuales se debe dar una opinión”.

Captura del programa de cable “acceso a los derechos” en donde Erbetta expuso su opinión sobre el juicio a Cristina

Esto debe discutirse en las universidades. Porque este es un problema de debido proceso. Dejemos de lado la evaluación de los elementos completos que puede haber, porque yo no intervengo en el juicio. Pero lo que ha dejado traslucir la prensa, lo que ha dejado visualizar la revisión de las distintas audiencias comprometen principios básicos de un Estado de Derecho”, agregó.

El magistrado hizo referencia al principio de inocencia. “Estamos escuchando que el imputado debe probar su inocencia. Si alguien dijera esto en una facultad de derecho obviamente no pasa la materia”, agregó. Luego, puntualizó en el problema de la admisibilidad de la prueba. “La prueba en un juicio oral debe incorporarse oportunamente y ante un tribunal imparcial. Valorar no sólo la validez sino la pertinencia de esa prueba. Yo no puedo traer prueba por la ventana en un alegato. Pero esto es una cuestión de examen, de examen de grado universitario, si usted lo desaprueba”, explicó.

Como docente por supuesto, no sólo lo desapruebo, sino que esta repetición de equívocos o ignorancia del Derecho es tan grande, que le sugiero [al fiscal Luciani] que estudió en otra facultad, arquitectura u otra carrera, pero no me parece que sea la vocación para un alumno que cometa tantos errores“, lanzó.

En este marco, insistió en cómo incorporarán esas pruebas traídas por la ventana y preguntó: “¿Cómo la van a incorporar? ¿Prueba por la ventana y el Tribunal va a permitir eso?”.

En tercer lugar, se refirió a la imparcialidad del juzgador: “Acá hay jurisprudencia internacional, hay jurisprudencia de la Corte Suprema Nacional, hay principios constitucionales. Todo ciudadano tiene derecho a ser juzgado por un juez independiente e imparcial. Y la doctrina ha desarrollado la teoría de la sospecha del temor de parcialidad. No sólo debo hacerlo, sino que debo aparentarlo”.

En relación a la falta de imparcialidad, Erbetta señaló la existencia de “jueces que integran un mismo equipo de fútbol, que juegan en una determinada cancha … /… personas vinculadas a la política claramente enfrentadas con los imputados y que, luego de ser cuestionados, aparecen por televisión con un mate, identificando con un escudo del equipo Liverpool, en una clara provocación que merecería la intervención de la justicia federal, o por lo menos la actuación del Tribunal de Ética. Porque cuanto menos constituye una absoluta falta de ética y una falta de respeto la provocación en la que incurrió ese integrante del Tribunal”.

Fuente: La Capital

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