Fue dispuesto a través de una resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial. Asimismo, se prohibió la venta y uso de una un agua destilada y una marca de té.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta y el consumo de la reconocida marca de mayonesa Natura. Lo determinó este jueves a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial.
Se trata de la Disposición 492/2022 que determinó la prohibición de “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto falsificado en cuyo rótulo luce: Mayonesa reducida en valor lipídico libre de gluten sin tacc, marca: NATURA, nombre de fantasía: mayonesa con jugo de limón, RNE: 19000208-9, RNPA: 19010390, VEN: 28/03/22 05 L: 01/07/21 2138 1V4″.
Según detallaron de la ANMAT, dichos productos carecen de registros y están “falsamente rotulado al utilizar registros de un establecimiento y producto pertenecientes a la firma NIZA S.A, resultando ser un producto ilegal”. Asimismo, entre los considerandos detalla que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos fue notificado por la firma “NIZA SOCIEDAD ANÓNIMA”, titular de la marca NATURA, que denunció la comercialización del producto falsificado que utilizó la información del genuino.
Ante la denuncia, desde el Departamento de Inspección Sanitaria del INAL, realizaron una inspección en un comercio ubicado en la Av. Caseros 1953, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde verificaron la efectiva comercialización del producto. En este marco, comenzó el análisis de producto que, tras la intervención del Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL, se logró identificar que las características de identificación del producto original se diferenciaban del falso: el frente del producto verdadero presenta una imagen de una pechuga con rodajas de limón y tomate en la base de un plato, mientras que en el falso, la imagen consistía de medio tomate, rabanitos, huevo y camarón.
De esta manera, se confirmó la falsificación del producto y se determinó como producto ilegal por lo que no podrá ser elaborados en ninguna parte del país con el fin de “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”. Es así que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización del mencionado alimento.
Por otra parte, a través de la Disposición 476/2022 se estableció la prohibición del uso, venta y distribución en todo el territorio nacional, del Lote 30250 Vto: 05/2023 del producto: “AGUA DESTILADA HLB (agua para inyectables), del laboratorio HLB PHARMA GROUP S.A, certificado N° 37160″.
Y por último, por medio de la Disposición 504/2022 se procedió a prohibir en todo el territorio argentino y en plataformas digitales: “Té Matcha”, de la marca ReviveTé Matcha, Distribuido por ReviveTé Matcha, RNE: 02-034361, SENASA: 115095, tras no presentar registros sanitarios, tener un RNE perteneciente a otra empresa, siendo este, en tanto, un producto “falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
Fuente: El Destape
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